Italia ha presentado a la Comisión los justificantes adecuados para la aprobación de su programa de erradicación de la enfermedad de Aujeszky en la región de Emilia-Romagna y para que esta región sea debidamente incluida en el anexo II de la Decisión 2008/185/CE, que incluye a los Estados miembros o regiones de los mismos en los que existen programas nacionales aprobados de erradicación de la enfermedad de Aujeszky.
Tras la evaluación de los justificantes presentados por Italia, la región de Emilia-Romagna debe incluirse en el anexo II de la Decisión 2008/185/CE.
Miércoles, 7 de febrero de 2018/ DOUE/ Unión Europea.
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